Miguel Ángel Cadenas, presidente del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG): “El juez necesita al perito”

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Miguel Angel Cadenas, presidente del TSXG
Miguel Ángel Cadenas, presidente del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG): “El juez necesita al perito”

 

“En muchos casos la pericia aparece como la única prueba para dar por acreditados determinados hechos”

El presidente del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), Miguel Ángel Cadenas, presidió en Santiago de Compostela la presentación de la ‘Guía de peritos judiciales de Galicia 2012’ editada por Unión Profesional de Galicia. Considera que la publicación “facilita la labor jurisdiccional”. El máximo representante de la Justicia gallega destaca el creciente protagonismo del perito y de su trabajo en el ámbito judicial. En su opinión, “el juez necesita al perito” porque las cuestiones planteadas en los procesos son cada vez “más especializadas y técnicas”. El presidente del TSXG explica la importancia de contar con la prueba pericial en el ámbito de la Justicia y reconoce que “en muchos casos la pericia aparece como la única prueba para dar por acreditados determinados hechos”. También reconoce que los profesionales gallegos que actúan en este campo “están bien formados por su titulación, formación y especialización”.


Unión Profesional de Galicia publica  en 2012 una nueva edición de la ‘Guía de peritos judiciales de Galicia’. ¿Cree que es un instrumento útil para el mundo de la Justicia?

Sin ninguna duda. Creo que es una publicación muy práctica y de mucha utilidad.

En los últimos tiempos el papel del perito gana en protagonismo.

Las partes y el juez quieren garantías a la hora de realizar las pericias. En los procesos, y cada vez más, las cuestiones que se plantean son tan especializadas y técnicas que el juez necesita al perito.

Por su experiencia, ¿qué procesos requieren de la participación de un perito judicial?

La naturaleza del litigio no establece limitaciones respecto  esa participación. Puede tratarse de un proceso contencioso-administrativo y requerir de cierta pericia o puede ser una cuestión laboral por una extinción de un contrato por causa económica y precisar de una pericia. Y en el campo civil, pues ya no digamos. Y en el ámbito mercantil, los procesos concursales encierran un problema de valoración económica y ahi es necesario una pericia económica. La necesidad de una prueba pericial no tiene una limitación de campo. Y la ‘Guía de peritos judiciales de Galicia’, desde el punto de vista técnico y en función del objeto de la pericia, facilita enormemente la labor jurisdiccional.

Usted siempre comenta que el peritaje es un factor fundamental de solución en algunos procesos. ¿Es tan importante como para determinar el fallo final?

Le pondré un ejemplo: las pruebas biológicas de paternidad. O las pruebas de ADN en el campo de la investigación penal. Pero en casos más frecuentes, por ejemplo en el campo civil, sirve para determinar las causas de un siniestro o para valorar efectos. Son problemas cotidianos que se están resolviendo con la ayuda del peritaje judicial.

Y sin ánimo de usurparle al juez sus funciones y el fallo…

Por supuesto que no.  El juez tiene que verificar y elegir bien. Tiene la función y la responsabilidad de la elección de la prueba oportuna y correcta. Además, la decisión del juez es controlable por otro órgano judicial, a través del recurso y a través de la motivación de la resolución impugnada.

Usted también destaca que la neutralidad debe ser la característica fundamental de un perito.

Así es.

Pero en muchas ocasiones dos pericias sobre un mismo hecho son claramente divergentes en sus conclusiones.

Sí. Le explico: el perito sólo debe ser fiel a sus propios conocimientos técnicos. Lo que explica la discrepancia entre informes periciales es que cada perito puede tener una idea valorativa distinta, tal y como sucede en el campo jurisdiccional, donde hay revocaciones  por parte de un juez de sentencias dictadas por otro juez. Los objetos de pericia son discutibles y problemáticos, pero eso no quiere decir que los peritos estén actuando parcialmente. Lo que sí quiere decir es que tienen diferentes puntos de vista técnicos. El perito se debe a su propia ciencia pericial.

Lo que sí suele ocurrir es la discrepancia entre las conclusiones del peritaje hecho a petición del juez y el solicitado por las partes.

Puede ocurrir. La discrepancia en los informes periciales puede estar determinada porque un perito parta de un presupuesto de hecho diferente al que haya tomado otro perito.

Y ese presupuesto de hecho está condicionado…

...por otro tipo de pruebas. Ese presupuesto de hecho puede estar probado o puede no darse por probado. La pericia, en ese caso, cambia. Y eso sucede, por ejemplo, con las valoraciones. Un perito puede valorar determinados efectos dañosos. Y el juez tiene la potestad para determinar si ese efecto dañoso deriva de un determinado hecho. No se trata de desvirtuar un informe pericial y sí se trata de valorar un informe pericial en el contexto de toda la prueba. Ahí está la labor del juez.

¿Los peritos gallegos están bien formados?

Yo creo que sí. Estamos hablando de profesionales de todos los ámbitos acreditados a través de su titulación, especialización y años de experiencia y trabajo profesional.

 

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